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Cómo será el espionaje oficial sobre las comunicaciones de los mexicanos

Redacción Desinformémonos

La organización Artículo 19 alertó sobre los lineamientos – publicados esta semana – con que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) mexicano se guiará para entregar información personal y privada sobre las comunicaciones de las personas a los poderes públicos.

¿De qué manera el Instituto Federal de Telecomunicaciones facilita a las autoridades espiar nuestras comunicaciones?, disparó Paulina Gutiérrez de la mencionada organización dedicada a la protección de la libertad de expresión y el resguardo de la privacidad.

Las disposiciones publicadas este 2 de enero por el IFT guían las obligaciones que tienen los concesionarios de servicios, es decir las empresas de telefonía y telecomunicaciones, para entregar nuestra información a las autoridades del Estado.

“Estos lineamientos violan el derecho a la privacidad y la protección de datos”, advirtió.

¿Cómo los violan?

Por un lado, los poderes públicos no necesitarán autorización judicial para obtener información sobre los usuarios, sea esta geolocalización en tiempo real, es decir, donde se encuentra una persona que tenga un celular en cualquier momento; o también los contenidos de las comunicaciones que mantengamos y de los que las compañías deberán mantener respaldo durante dos años (24 meses)

Por otro, no está contemplado que nos avisen cuando nos espíen ni cuando accedan a nuestros contenidos.

Además, los lineamientos publicados por el IFT no explicitan cuáles dependencias del Estado podrán acceder a nuestra información privada o a nuestro paradero. “Solamente se refieren a ellas como las instancias de seguridad y justicia y están incluso contemplando acuerdos delegatorios”. Nada impide que los poderes públicos deleguen esa potestad de espiarnos a empresas privadas, por ejemplo. O a quien ellos consideren necesario u óptimo. Siempre sin avisarnos.

Desde Artículo 19 denuncian que los lineamientos sí garantizan algo, y es la total falta de transparencia. “Nulifican por completo el derecho a la privacidad y la protección de datos personales. En este caso el IFT no asumió su papel protector para garantizar que la salvaguarda de nuestros derechos fuera contemplada en los lineamientos. Lo importante es que hay una oportunidad para que la ley general de protección de datos en posesión de sujetos obligados pueda subsanar estas deficiencias”, sostuvo Gutiérrez.

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3 Respuestas a “Cómo será el espionaje oficial sobre las comunicaciones de los mexicanos”

  1. […] Por un lado, los poderes públicos no necesitarán autorización judicial para obtener información sobre los usuarios, sea esta geolocalización en tiempo real, es decir, donde se encuentra una persona que tenga un celular en cualquier momento; o también los contenidos de las comunicaciones que mantengamos y de los que las compañías deberán mantener respaldo durante dos años (24 meses). Por otro, no está contemplado que nos avisen cuando nos espíen ni cuando accedan a nuestros contenidos. Además, los lineamientos publicados por el IFT no explicitan cuáles dependencias del Estado podrán acceder a nuestra información privada o a nuestro paradero. “Solamente se refieren a ellas como las instancias de seguridad y justicia y están incluso contemplando acuerdos delegatorios”. Nada impide que los poderes públicos deleguen esa potestad de espiarnos a empresas privadas, por ejemplo. O a quien ellos consideren necesario u óptimo. Siempre sin avisarnos. (Desinformémonos) […]

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